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En 20 días comenzará a usarse el "drogómetro" en Córdoba


En 7 minutos detecta si se consumió drogas, indicó el director del Tribunal de Faltas municipal, Ramón Ortega. La multa llega hasta los 20 mil pesos y la inhabilitación a dos años.


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La Municipalidad de Córdoba incorporó un analizador de saliva para detectar el consumo de sustancias ilegales denominado "drogómetro", que comenzará a usarse en 20 días.

El director general de los Tribunales Administrativos de Faltas, Ramón Ortega, explicó que se trata de "un horno que cuenta con una especie de 'cassete' que determinará en forma fehaciente si una persona consumió hasta 12 sustancias distintas".

Aseguró que está programado para detectar drogas como cocaína, anfetamina, metanfetamina y marihuana, entre otras.

Y agregó cómo funciona: “Se toma una muestra de saliva a través de un hisopado (con un hisopo) y se lo introduce en el 'hornito' y a los siete minutos detecta cuáles son las sustancias. Luego se imprime y se guarda con un código QR. Es similar a una muestra de sangre”.

Ese “cassete” que está separado de la máquina y dónde se introduce la muestra, se coloca en una rendija del aparato, se tipea el nombre de la persona cuya saliva se va a analizar y se acciona el mecanismo.

A los minutos la máquina arroja los resultados: “cocaína: negativo”, “ketamina: positivo”, y así continúa hasta revisar cada reactivo. Al finalizar, se imprime el comprobante papel con el resultado que también queda almacenado digitalmente.

"Es un Drugtest 5000 SKT6 marca Dräger, de origen alemán, que está calibrado y homologado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y aprobado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)", precisó Ortega.

Contó que será utilizado por los inspectores municipales –que trabajarán junto con la Policía de Córdoba– en controles vehiculares y otros sitios que sean necesarios.

E indicó que los ciudadanos no podrán negarse al control y recordó que a quienes se les encuentren estupefacientes serán sancionados según el Código de Convivencia.

El artículo 125º establece que “quien condujere bajo la acción de tóxicos, estupefacientes o drogas prohibidas será sancionado con una multa de 100 a 130 Unidades Económicas de Municipales (cuyo valor es $ 152,72), y será inhabilitado para conducir por el plazo de dos años”.

En todos los casos, el vehículo del infractor será removido por la autoridad, salvo que en el mismo coche se encuentre un tercero habilitado en condiciones de conducir.


El 9 de agosto, comenzará un curso de capacitación para funcionarios sobre las nuevas tecnologías y en 15 días para los inspectores.






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