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SINTONIA TV (Vivo)

El incumplimiento a ordenanza pirotecnia llegaría hasta $30.000


El pasado viernes en sesión extraordinaria, por unanimidad se aprobó la modificación del artículo 20 de la ordenanza de pirotecnia, estableciendo el valor de la unidad de multa.


La ordenanza número 1396 / 2018 continuará vigente en Monte Maíz y por el momento no hay grandes cambios en la misma, sólo se procedió a establecer el valor de la unidad de multa a través del artículo número 20.

La misma fue fijada en un valor desde 70 UM hasta 500 UM. Cada unidad de multa equivale al precio de un litro de nafta súper con valor de venta al público según la cotización de la empresa ypf de Monte Maíz.

En caso que alguien infrinja dos veces o más la ordenanza sobre el uso y comercialización de pirotecnia los valores de la unidad de multa serán el doble, es decir qué la pena máxima podría alcanzar los $60.000.

El artículo 20 indica lo siguiente:
Establece una sanción por incumplimiento de los preceptos de esta ordenanza, con penas cuyos valores serán desde 70 UM hasta 500 UM, duplicándose en caso de reincidencia. La unidad de multa (UM) será equivalente al precio de venta al público del litro de nafta Super en la estación de servicio ypf de nuestra localidad. La autoridad de aplicación podrá disponer de la clausura de los locales de comercialización y almacenamiento.


 


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