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Fue aprobado el plan Vivienda Semilla contratación Directa, solo 4 casas se construirán


La ordenanza aprobada en 2022 indicaba que eran 8 viviendas sociales. En una reunión del ejecutivo con los interesados les dieron datos diferentes a los que se presentaron en la ordenanza, por esta razón se bajaron familias. 


El pasado miércoles el proyecto fue presentado en el recinto del Concejo Deliberante y se sometió a votación esa misma noche.

FUNDAMENTOS del Ejecutivo Municipal


Monte Maíz, 27 de marzo de 2023

De nuestra mayor consideración:

Elevamos a consideración del Honorable Concejo Deliberante, el presente Proyecto de Ordenanza, por que solicitamos autorización para contratar a la empresa Viviendas Roca SRL, para la realización de 4 (cuatro) casas, en el marco del Plan Vivienda Semilla.

Mediante Ordenanza 1570/2022 se ratificó el "Convenio de financiamiento para la Construcción de Viviendas" y sus Adendas, celebrado entre la Municipalidad de Monte Maíz y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del "Programa 10000 Viviendas - Línea Vivienda Semilla Municipios", con el objetivo de disminuir el déficit habitacional de las familias más vulnerables que se encuentren ubicados en la localidad de Monte Maíz, ofreciéndoles la oportunidad de acceder a la vivienda social, con esfuerzo propio y ayuda mutua y/o con la colaboración y cooperación de los estados municipales y comunales.

Que en la citada Ordenanza se autorizó el llamado a Licitación Pública y se aprobaron el Pliego de Bases y Condiciones y el Pliego de Especificaciones. Por Decreto N° 116/2022 se promulgó la Ordenanza 1570/2022. Y mediante Decreto del DEM 120/2022 se convocó a Licitación Pública para el día 2 de enero de 2023. Dicho llamado fue declarado desierto por Decreto 2/2023 y se procedió al segundo llamado para el día 16 de enero de 2023 que también quedó desierto (Decreto 13/2023).

Teniendo en cuenta las circunstancias mencionadas, se solicitaron presupuestos a distintas empresas constructoras. Los presentados sobre el prototipo establecido del Plan Vivienda Semilla, son muy superiores en dinero a los montos con los que se cuenta. Por tanto, para cambiar la tipología de la Vivienda y que esta sea aceptada, el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar, exige que la constructora cuente con CAT (Certificado de Aptitud Técnica). De los presupuestos recibidos, ajustados estimativamente a los fondos con los que se cuentan, solo una de ellas cumple con la exigencia del Plan respecto al CAT. Se trata de la empresa Viviendas Roca SRL.



Por otro lado, la empresa mencionada, requiere, tanto para respetar el presupuesto presentado, como para realizar la obra, que la municipalidad abone el 50% del presupuesto para comenzar con la construcción de la platea y entrega de valores a 30, 60, 90 y 120 días a partir dc los 30 días de abonado el anticipo. Queda claro que son tiempos de pago diferentes a los que corren para certificar las obras y recibir el segundo desembolso por parte de la Provincia y su respectiva actualización en Uvis. Razón por la cual, se decidió Contratar a la empresa, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante, para la realización de 4 (cuatro) casas, en principio. Certificadas las mismas y recibido el segundo desembolso por parte del Ministerio, se procederá a elevar nuevo proyecto de Ordenanza para la contratación de la 4 La Ordenanza Presupuestaria N° 1572/2022 establece en su Artículo (cuatro) restantes.

31°: "Se podrá contratar en forma directa y previa autorización otorgada mediante Ordenanza particular en los siguientes casos: Inc. 1) Cuando hubiera sido declarada desierta dos (2) veces la misma licitación por falta de proponentes o por haber sido declaradas inadmisibles las propuestas." Por todas las razones expuestas precedentemente solicitamos el tratamiento y posterior aprobación del presente Proyecto en los términos propuestos.




La otra cara del Proyecto


El día martes 28 de marzo, el Director de Acción Social Aldo Pascual y el Secretario De Gobierno Ignacio Silva convocaron a vecinos que ya habían presentado alguna documentación para acceder a la vivienda. Las personas fueron citadas en el recinto del concejo deliberante para comunicarles que las viviendas que se construirán por el momento son solo 4. Que el pago de las cuotas se abonarían en 120 cuotas que tendrían un costo a valor de hoy abril 2023, superior a los $50 mil y se actualizará mes a mes. Que las viviendas no estarían terminadas por completo sino que los pisos y baños tendrían que terminarlos ellos mismos. Las cuotas las deberían abonar al municipio a partir del año 2024.

Luego de transmitir las novedades a los vecinos les dijeron que debían tomar una decisión de manera inmediata para saber quienes aceptarían el plan de pago. Tenían tiempo de confirmar hasta la mañana del martes 27 de marzo, un día antes de la sesión ordinaria. Sin embargo en ese momento dos vecinos señalaron que no podrían hacer frente a ese gasto y decidieron bajarse de la ilusión de tener un hogar propio. Otras personas dijeron que si aceptaban. 

Tras ello el número se redujo  y quedaron nombrados los posibles beneficiarios. Posteriormente en la ordenanza elevada al concejo deliberante la cantidad de cuotas se estiró a 240 bajando el costo a poco más de $20 mil. 

En principio los interesados fueron anoticiados que la vivienda costaría 2.900.000 pesos y eran unas 11 personas anotadas. Unas seis familias habrían renunciado por el elevado costo de las cuotas que les habían dicho en tal reunión para abonar en 10 años.

Según el presupuesto presentado por la empresa Viviendas Roca, que aquí publicamos al final del articulo, indica que el propietario de la vivienda debe colocar el juego de sanitario, griferías de baño, mochila de inodoro, cerámicos para pisos, y pintar. Lo que tendría un costo extra para cada vecino. 

Los concejales oficialistas defendieron el proyecto y señalaron que los beneficiarios saldrían por sorteo público, una contradicción con lo manifestado en la reunión.

Finalmente los concejales aprobaron por unanimidad.

El costo de la vivienda sin terminar de 36 mt2 según la ordenanza indica $ 5.161.500, la pregunta que se nos plantea tras ver los costos en el sitio web de la empresa constructora, es una vivienda americana de 35,64 mt2, de contado $2.971.900.





EL CONCEJO\DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTE MẠIZ SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


ARTÍCULO 1 AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la contratación directa de la Empresa Viviendas Roca SRL, CUIT 30- 71002944-6, para la construcción con aporte de materiales y mano de obra, de cuatro (4) viviendas, en el marco del "Convenio de Financiamiento para la Construcción de Viviendas", celebrado entre la Municipalidad de Monte Maíz y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del Programa 10000 Viviendas - Línea Vivienda Semilla Municipios", creado por Decreto N°373/22 y modificatorios del Poder Ejecutivo Provincial, celebrado con fecha 14 de julio del año 2022 y sus Adendas, ratificado mediante Ordenanza 1750/2022, por la suma de pesos veinte millones seiscientos cuarenta y seis mil ($20.646.000), según planos y memoria descriptiva que se adjuntan a la presente Ordenanza y como Anexo I pasan a formar parte integrante de la misma. 

ARTÍCULO 2°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los instrumentos necesarios, a los efectos de lo dispuesto en la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 3°: LA obra descripta en la presente Ordenanza se ejecutará de acuerdo a los planos, memoria descriptiva y presupuesto aprobados en el Artículo 1° de la presente Ordenanza, --

ARTÍCULO 4°: LOS beneficiarios quedan obligados a pagar la Municipalidad de Monte Maíz, una cuota mensual, cuyo monto resultará de la división de pesos cinco millones ciento sesenta y un mil quinientos ($ 5.161.500), en doscientas cuarenta (240) cuotas, mensuales, iguales, consecutivas y actualizables semestralmente según el Coeficiente de Variación Salarial que publica el INDEC el que lo sustituya en el futuro. La primera cuota deberá abonarse el primer mes que se haga efectiva la entrega de la vivienda.

ARTÍCULO 5°: DERÓGUESE los Artículos 7 y 8 de la Ordenanza 1570/2022 y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 6: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y
archívese.


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