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Concejales del PJ aprobaron la compra de una pala cargadora y una camioneta

Concejales del PJ aprobaron la compra de una pala cargadora y una camioneta
Imagen Ilustrativa

El monto asciende a más de $17 millones entregado por la nación, el mismo establece la compra de un camión. El dinero ya fue depositado al municipio.


Se trata de un convenio firmado en junio de este año, entre el municipio y la nación, el monto $17.599.775,74. Los fondos ya fueron girados al ejecutivo municipal el día 11 de julio. El acuerdo establece la compra de una camioneta, una pala cargadora y un camión. Sin embargo, un problema de costo y de entrega, por parte de la empresa que vende la línea de camión Fotón, la compra no se realizará, por este motivo el ejecutivo municipal señaló que el intendente está intentando que el Ministerio del Interior le permita adquirir otro vehículo con los mismos fondos, si el dinero sobrante no se utiliza, debe devolverse.

Lo que establece la explicación aquí publicada, la compra se concretará para dos vehículos: 1- Pala Cargadora marca Michigan , modelo R45 I, de la empresa Monsalvo Maquinarias, Precio $ 5.868.000 (pesos cinco millones ochocientos sesenta y ocho mil), 2- Camioneta doble cabina, marca Alaskan Emotion 4x2, Precio 6.800.000 (seis millones ochocientos mil), de la empresa Jorge Giorgi S.A..

Los fondos para estos vehículos son insuficientes, por lo tanto el municipio colocará de los fondos propios para el restante por casi $2 millones.

El dinero entregado por nación es no reintegrable. El proyecto fue aprobado por unanimidad de los ediles del partido Justicialista, concejales de la UCR y Primero Monte Maíz, estuvieron ausentes.



FUNDAMENTACIÓN MUNICIPAL

De nuestra mayor consideración: Elevamos el presente Proyecto de Ordenanza, a fin de someterlo a vuestra consideración. Aprovechamos la ocasión para saludar a los Sres. Concejales, muy cordialmente.

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

El Convenio firmado entre la Municipalidad de Monte Maíz y el Ministerio del Interior en el marco del Programa "Municipio de Pie", de fecha 3 de junio de 2022.-

Y CONSIDERANDO:

Que efectuado el correspondiente relevamiento actualizado del parque automotor y de maquinarias existentes, el resultado final ha permitido concluir que resulta totalmente insuficiente para hacer frente al cumplimiento efectivo de los Servicios Públicos. Que por ello se solicita al Ministerio del Interior de la Nación financiamiento para realizar la compra de una pala cargadora, una camioneta doble cabina y un camión para ser destinados a la prestación de servicios públicos.

Que conforme al Decreto del PEN 59/19, la Secretaria de Municipios de la Nación, tiene entre sus objetivos asistir a los municipios para la innovación de sus sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad de gestión.

Que mediante Resolución 2020-96-APN-MI del 4 de junio de 2020, se creó el Programa de Asistencia para la mejora de los gobiernos locales "Municipios de Pie", en la órbita de la Secretaria de Municipios, cuyo objetivo consiste en asistir técnica y financieramente a los gobiernos locales para mejorar la calidad de vida de sus habitantes mediante la adquisición de equipamiento, insumos y/u otros bienes de capital destinados al fortalecimiento de las acciones con incidencia directa en el desarrollo con integración regional e inclusión social.

Que la Municipalidad de Monte Maíz, a través de su Intendente Dr. Luis Maria Trotte, firmó convenio con la Secretaría de Municipios de la Nación, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, consistente en la asistencia financiera a la municipalidad de Monte Maiz, para comprar una (1) pala cargadora, una (1) camioneta doble cabina y un (1) camión, por el monto total de $17.599.775,74 (pesos diecisiete millones quinientos noventa y nueve mil setecientos setenta y cinco con setenta y cuatro). Que los fondos transferidos al municipio no pueden destinarse a otro uso que no sea el específicamente previsto en el Convenio mencionado.

Que en el caso de que los fondos transferidos resulten insuficientes, el municipio debe afrontar el faltante con fondos propios.

Que cuando el municipio se vea impedido de cumplir con la adquisición de totalidad de los bienes, deberá proceder a efectuar la rendición de cuentas de aquellos que adquirió.

Que aprobada la rendición de cuentas por los bienes adquiridos los fondos no deben reintegrarse.

Que el Convenio con el Ministerio del Interior es el que hoy se está remitiendo al Honorable Concejo Deliberante a los fines de su tratamiento y aprobación en los términos del artículo 49 (Inciso 9) y concordantes de la Ley 8102.

Que uno de los ejes centrales de esta administración municipal ha sido, desde sus comienzos, actualizar el parque de herramientas y renovar el equipamiento que resulte necesario e imprescindible para cumplimentar con los servicios esenciales.

Que, a mérito de todo lo expuesto, sobran las razones para considerar altamente conveniente su aprobación legislativa. Que en forma complementaria, de aprobarse el referido Convenio, corresponde analizar la compra de la camioneta, la pala cargadora y el camión.

Que respecto del camión, se elevó solicitud al Ministerio del Interior a fin de solicitar el cambio de bienes a comprar, por parte de este municipio, según convenio 3 de junio de 2022 en el marco del Programa Municipios de Pie. Ello debido a la imposibilidad de adquirir el Camión marca Fotón, por razones ajenas a la voluntad del DEM. El camión que se pretendía comprar y por el cual se solicitó financiamiento era un camión marca FOTON TRUCKs, Modelo Aumark S1 614, Motor Cummins 2,8 148 hp Caja ZF, PBT 6,0 TN carga útil 4.200 kg, frenos hidráulicos, cuyo costo de adquisición según factura proforma de fecha 02/03/2022 del proveedor LTA MOTORS SRL era de $6.479.720,00 (US$S 57.600, Tipo de cambio dólar oficial Banco Nación $112,50) que experimentó, en el mes de junio un incremento del precio en dólares, siendo el nuevo precio de U$S 61.900, tipo de cambio dôlar oficial Banco Nación $125,20, lo que hizo que el nuevo valor de adquisición sea de $7.799.400,00, lo que implica una diferencia en más de $1.319.680,00. De todas formas, dada la necesidad imperiosa del municipio de contar con la unidad para el desarrollo de las tareas del alumbrado público iba a ser solventado con recursos propios. Pero el 11 de julio, una vez acreditados los fondos por parte del Ministerio del Interior, se procedió inmediatamente a contactar a LTA Motors, que en esa ocasión informó las nuevas condiciones de venta: El tipo de cambio que el proveedor pretendía para la concreción de la venta era de $170,00, valor que no se condice con el tipo de cambio dólar oficial Banco Nación de ese dia que era de $134,25. El costo de adquisición del 11/07 era de $10.523.000,00, es decir $4.043.280,00 que el autorizado mediante el convenio. Pero la razón determinante que impide la compra del camión es el plazo de entrega establecido por parte del proveedor que sería entre 180-270 días, sin compromiso de entrega, ni cotización del dólar para la compra. Esto hace que el cumplimiento del Convenio con el Ministerio del Interior, sea imposible, ya que el plazo establecido son 6 meses. Y no tenemos la certeza de poder efectivizar la compra. Que a partir de lo informado por LTA Motors, el DEM contactó con otros proveedores para intentar realizar la compra de una unidad de iguales o similares características, obteniendo la misma respuesta que LTA Motors sobre la disponibilidad de entrega y la cotización del dólar. Por tanto, dada las circunstancias descritas, debe aplazarse la compra de dicho bien, hasta obtener cambio por otro ante la Secretaría de Municipios del Ministerio del Interior de la Nación o hasta que exista en el mercado disponibilidad del mismo.

Que, resulta oportuno señalar que -en oportunidad de gestionar la colaboración económica y financiera ante el Ministerio del Interior- se acompañaron tres (3) presupuestos de cada una de las maquinarias solicitadas. Y luego volvieron a solicitarse por el tiempo transcurrido. Que las mejores ofertas, respecto de los otros dos bienes, corresponden a: 1- Pala Cargadora marca Michigan , modelo R45 I, de la empresa Monsalvo Maquinarias, Precio $ 5.868.000 (pesos cinco millones ochocientos sesenta y ocho mil), 2- Camioneta doble cabina, marca Alaskan Emotion 4x2, Precio 6.800.000 (seis millones ochocientos mil), de la empresa Jorge Giorgi S.A..

Que de conformidad lo que estipula la Ordenanza 1532/2021, el procedimiento de selección para adquirir la maquinaria descrita, por el monto total que surge de sumar los respectivos presupuestos equivalentes, sería una Licitación Pública.

Que, sin perjuicio de ello, existen circunstancias que ameritan, con probada sustentabilidad, que la tramitación de una licitación pública normal para adquirir la pala y la camioneta, traería aparejado, sin duda alguna, un notorio perjuicio y serio quebranto para las arcas municipales, teniendo en cuenta la inflación actual y los precios dolarizados.

Que, en efecto, el aporte que otorga el Ministerio del Interior se concreta en un solo desembolso (que ya fuere depositado en la cuenta municipal el día 11/07/2022) y no admite redeterminación ni actualización de ninguna naturaleza (la diferencia debe pagarla el Municipio). Que dicho importe ha sido otorgado para la compra de esos bienes en forma específica y de conformidad a los valores o precios vigentes al día de la fecha.

Que, en nuestro país, se está viviendo un contexto de incertidumbre económica en el que resulta dificultoso encontrar tanto la existencia los bienes como de que -quien los tenga disponibles- puedan mantener los precios durante el tiempo que demandará una eventual licitación pública. Que, por regla, los procesos licitatorios -en un contexto como el actual- se mantienen y son aconsejables cuando los oferentes que resultan adjudicatarios puede solicitar y obtener una redeterminación que cubra el nivel inflacionario entre la oferta y la fecha efectiva de pago y entrega de los bienes.

Que, como se ha visto, la Municipalidad, en caso de licitación sufriría un doble perjuicio económico y financiero: 1. El dinero se iría depreciando y perdiendo valor de compra durante el tiempo que demandará la licitación, a punto tal que ni siquiera una inversión compensaría la pérdida; 2. Los bienes que resultan necesarios adquirir, seguirán subiendo de precio y peligra la disponibilidad de entrega.

Que, por tanto, resulta inconveniente llevar adelante un proceso licitatorio.

Que-a su vez- la misma Ordenanza 1532/2021, establece, que podrá contratarse directamente prescindiendo del llamado a Licitación Pública cuando existan razones fundadas.

Que las razones expuestas precedentemente, ameritan -con creces- hacer lugar a la excepción prevista por la Ordenanza 1532/2021

Que otro dato de importancia es que las dos unidades se comprarán en empresas locales, lo que apareja efectos secundarios favorables, como ser la distribución del precio en comercios y fuentes de trabajo local, disponibilidad del servicio técnico garantizado en un corto plazo, como así también la eventual provisión de repuestos. Que el Convenio financia $5.290.055,74 para la compra de la pala cargadora y $5.830.000 para a compra del la camioneta doble cabina. El monto que resta será aportado por el municipio, con fondos propios.

Que, en consecuencia, corresponde facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para proceder a la compra directa. Que, se acompaña a la presente toda la documentación disponible y a la que se ha hecho referencia precedentemente.

POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE MONTE MAÍZ SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1: CONVALIDASE todo los actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal y -en consecuencia- APRŪEBASE, en todos sus términos, el Convenio entre la Secretaría de Municipios del Ministerio del Interior de la Nación y la Municipalidad de Monte Maíz y sus anexos, suscrito el pasado 3 de junio de 2022.

La documentación aprobada precedentemente se incorpora a la presente Ordenanza como parte integrante de la misma y conforma un ANEXO ÚNICO, Convenio entre la Secretaria de Municipios del Ministerio del Interior de la Nación y la Municipalidad de Monte Maíz, y sus Anexos.-

ARTÍCULO 2: LA aprobación dispuesta en el artículo precedente comprende la correlativa autorización al Departamento Ejecutivo Municipal para realizar-como excepción contemplada en el artículo 8 de la Ordenanza 1532/2021- la compra directa de una Pala Cargadora, marca Michigan, Ras II, Precio $ 5.868.000 (pesos cinco millones ochocientos sesenta y ocho mil), a la empresa Monsalvo Maquinarias, de la Localidad de Monte Maíz; una Camioneta doble cabina, marca Renault Alaskan Emotion 4x2, por la suma de Precio $ 6.800.000 (pesos seis millones ochocientos mil), a la empresa Jorge Giorgi SA, de la Localidad de Monte Maíz, Provincia de Córdoba, y -en consecuencia- suscribir toda la documentación que resulte necesaria para la inscripción registral e incorporación al dominio municipal.---

ARTÍCULO 3: EL precio total de la compra de la maquinaria descrita en el artículo precedente es de $ 12.668.000 (pesos doce millones seiscientos sesenta y ocho mil) que será abonada con los fondos aportados por la Secretaría de Municipios dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, y por el Municipio por la diferencia que exista.




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