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El Concejo Deliberante Aprobó la toma de préstamo para pagar sueldos


El municipio tomará $275 mil del Fondo Permanente, el cual devolverá en 36 cuotas.


Los fundamentos presentado por el Departamento Ejecutivo fueron los siguientes:

Nos dirigimos a Ud. , y por su digno intermedio a los demás Sres. Concejales, a fin de solicitar la autorización para gestionar y tomar el FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, con destino al pago de sueldos de los agentes municipales, por un monto de $ 275.000 (pesos doscientos setenta y cinco mil) a devolver en 36 cuotas mensuales.

Este proyecto es una necesidad inmediata a fin de hacer frente a los pagos de los sueldos.

Sin otro particular, y aguardando el acompañamiento del presente proyecto saludamos al Honorable Cuerpo muy atentamente.-


PROYECTO DE ORDENANZA FACULTAR AL DEM A GESTIONAR Y TOMAR UN PRÉSTAMO DEL FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA


ARTÍCULO 1:

FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, un préstamo de hasta pesos doscientos setenta y cinco mil ($ 275.000)con destino al "Pago de sueldos de los agentes municipales que se incorpora como Anexo I de la presente".


ARTÍCULO 2: 

FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que, en pago del crédito,ceda al Fondo Permanente, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de pesos siete mil seiscientos treinta y ocho con ochenta y nueve centavos ($ 7.638,89) mensuales, durante el término máximo de treinta y seis meses (36) meses.

ARTÍCULO 3: 

El Departamento Ejecutivo deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en mérito a tal cesión,deberá mensualmente pagarse la suma cedida directamente al Fondo Permanente.

ARTÍCULO 4:

FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.

ARTÍCULO 5: 

El Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante y al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto aprobado en el artículo 1° y al mismo tiempo y ante los mismos organismos, rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados.

La ordenanza fue Aprobada por Unanimidad




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