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Escándalo, otra vez el ejecutivo se equivocó al otorgar un terreno

La asesoría legal del municipio firmó convenio con centro de transportista entregando por error una playa con más hectáreas de las previstas.




El gravísimo error cometido por el ejecutivo municipal fue dado a conocer en la sesión ordinaria del Concejo Deliberante a través del edil Jorge Cervigni quien presentó junto a Miriam Urseler un proyecto de ordenanza para subsanar la equivocación del convenio de comodato firmado entre el municipio y el centro de camioneros local el pasado mes de Agosto, a quién se le entregó más de 2 hectáreas de terreno, espacio en el cual funciona el taller municipal. La ordenanza aprobada en el 2018 por concejales decía que se entregaba solamente 1,7 hectáreas. 




La encargada de redactar dicho convenio tomó como punto de partida una ordenanza del año 2011, y no la aprobada en el año 2018. Una vez más queda de manifiesto otro error similar como el ocurrido con la Biblioteca Popular Bartolomé Mitre.


Los concejales proponen cambiar el artículo 1° de la ordenanza del año 2018 para coincidir con el convenio firmado y así corregir los permisos. Cervigni señaló que el taller se puede trasladar al galpón que está ubicado detrás, contando públicamente que hubo reuniones privadas para tratar este tema entre El Ejecutivo, Presidente del resinto, concejales de la oposición y asesores legales intentando tapar todo, él y Urseler nunca fueron convocados, ni anoticiados de esta nueva equivocación del ejecutivo.


Presentaron fundamentos y el artículo de la ordenanza que debería cambiarse publicados aquí a continuación:

FUNDAMENTO: Atentos a la necesidad de nuestra población, en lo que respecta al mantenimiento de un tráfico ordenado, espacios libre para el estacionamiento y seguridad en general, se volvió menester el retiro de la circulación y estacionamiento de los camiones en el ejido urbano. Ante tal necesidad, es que mediante ordenanza 1038/2011 se generó un espacio en el predio del Eco Club a los efectos de satisfacer la misma, bajo la denominación "Playa de estacionamiento de camiones y edificio taller de camiones".

El paso del tiempo no hizo otra cosa más que confirmar la necesidad antes mencionada. Por tal motivo y ante la constitución de la Asociación Civil Centro de Transportistas de Cereales y Afines de Monte Maíz es que se genera la ordenanza 1422/18 (decreto promulgación 208/18) a los efectos de permitir al Ejecutivo Municipal la realización de un comodato para ceder el uso del inmueble mencionado en el párrafo anterior.

En lo que respecta al inmueble citado, la ordenanza del año 2011 otorgó un espacio de veinticuatro mil metros cuadrados (24.000 m2) a la generación de una playa municipal de estacionamiento del transporte pesado. De doscientos metros de dirección este - oeste y ciento veinte metros dirección sur - norte

En el año 2018 se faculta mediante la ordenanza mencionada anteriormente al poder ejecutivo municipal a celebrar mediante contrato de comodato, un préstamo de uso a la asociación civil de transportistas de Monte Maíz, en tal ordenanza se especifica que las dimensiones del terreno deben ser de una superficie total de dieciséis mil novecientos veinticuatro metros cuadrados con treinta y seis decímetros.

Más allá de lo establecido en esta útima ordenanza, el Ejecutivo Municipal celebró, el día 2 de agosto del corriente, un comodato tomando como parámetros las medidas especificadas en el documento del año 2011, excediéndose en las facultades conferidas por éste honorable órgano.

Por todo lo expuesto, y compartiendo la necesidad de otorgar el inmueble en su mayor superficie es que, los concejales abajo firmantes proponen el proyecto que a continuación se detalla.

PROYECTO MODIFICACIÓN DE ORDENANZA

Art. 1 Sustitúyase el artículo primero de la ordenanza 1422/18, el que quedara redactado de la siguiente manera: "Autorizase al departamento ejecutivo municipal a ceder en uso, mediante contrato de comodato gratuito a favor del Centro de Transporte de Cereales y Afines de Monte Maíz Aso. Civil, un inmueble de su propiedad con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo. Una fracción de terreno que mide doscientos metros este/oeste por ciento veinte metros norte /sur, cuya superficie total es de veinticuatro mil metros cuadrados, ubicado en una mayor superficie del predio municipal denominado Eco Club. Según lo normado en la ordenanza 1038/11 anexo 1 clausula 1°.






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