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SINTONIA TV (Vivo)

El municipio cede por 10 años un terreno de 20 x 10 metros para carribar

El terreno perteneciente al ferrocarril finalmente fue aprobado por unanimidad de los concejales para autorizar al ejecutivo a entregar ese sector, el cual se había manifestado que solo se podía utilizar con fin solidario.


Audio Concejo (Escuchar a partir del minuto 34)



En la noche del pasado Martes el Ejecutivo Municipal presentó un proyecto que le permitiera ceder el terreno para el Sr. José Antonio OLIVO conocido en la sociedad como “Tom”. Dicho proyecto fue acompañado de un convenio el cual se firmará por la partes interesadas (Municipio y Vendedor).

Los concejales de la oposición manifestaron su desacuerdo sobre tal tratado,considerando en primera instancia que el Ejecutivo puede realizar dicha operación sin necesidad de una aprobación de ellos y por otra parte cuestionó la cantidad de metros otorgados a la misma,20 metros de frente  desde la esquina  Buenos Aires y Chubut hacia las vías del ferrocarril por 10 metros de fondo contados desde la calle Chubut.

A pesar de manifestar estas diferencias el bloque Monte Maíz para la Victoria, la Unión Cívica Radical representada como oficialismo siguió defendiendo dicho contrato. Manifestando que es sumamente necesario para que el hombre pueda tener energía eléctrica ya que hasta el momento este servicio se lo otorgaba el municipio de manera gratuita según lo manifestado por el presidente Interino Ramiro Acevedo.



Tal autorización que se le da al municipio terminó siendo aprobada por unanimidad de los concejales, aunque la oposición solicitó que se revea la cantidad de metros a entregar ya que una casilla no tiene más de 5 o 7 metros de ancho como para que tenga 20 metros otorgados. 

Si bien el hombre trabaja dignamente, se le debería dar el mismo beneficio a todos, pero para ello el municipio tendria que elegir un lugar para ubicarlos y regularizarlos como un comercio mas,  esto genera debate porque más de uno quisiera a partir de ahora tener un lugar así en la entrada de la localidad. Esto además contradice a los proyectos de urbanización que se habían presentado hace un tiempo en el concejo y que hoy buscan ver la luz.

ESTAS DE ACUERDO CON ESTE CONVENIO






Aquí te presentamos el convenio que se aprobó por unanimidad de los concejales


CONVENIO DE PERMISO PRECARIO. Entre la Municipalidad de Monte Maíz, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Sr. Héctor Juan Martín. D.N.I. Nº 06.547.159, el Sr. Secretario de Gobierno Ing. Jorge A. Cervigni y el Sr. Secretario de Finanzas y Hacienda, Cr. José Alberto García, en adelante el "Municipio", por una parte: y el Sr. José Antonio OLIVO, DNI Nro. 16.293.147, domiciliado en calle Corrientes 1728 de Monte Maíz, en adelante la parte "tenedora", por otra parte, se acuerda celebrar el presente

Convenio de Permiso Precario, que se regirá por las siguientes

cláusulas. PRIMERA. Objeto. El Municipio autoriza el uso la "tenedora" y en tenencia precaria, de una porción de terreno de su propiedad ubicado en la calle Chubut, entre Buenos Aires y Avda. Juan Domingo Perón (las vías del Ferrocarril) que se determina en veinte metros de frente, desde la esquina de calle Buenos Aires y Chubut hacia las vías del ferrocarril, por diez metros de fondo, contados desde la calle Chubut. SEGUNDA. Destino del inmueble. El destino que "la tenedora" le dará a dicha porción de terreno es la explotación para venta de productos alimenticios en vehículo de parada fija, todo según lo dispuesto en la Ley 18.284 (Código Alimentario Argentino), capítulo II, artículo 146.Queda prohibido todo otro destino que no se adapte a los fines expresados. TERCERA.
Plazo. El plazo de vigencia del presente convenio de tenencia precaria se establece en diez
(IO) años, comenzando a contarse desde la fecha en que las partes firman este acto
jurídico. Las partes se reservan el derecho de rescindir de común acuerdo el presente
comodato por motivos y razones que las mismas estimen convenientes notificando
fehacientemente a la otra con un plazo de sesenta (60) días corridos de antelación. El
Municipio se reserva la facultad de rescindir el presente convenio si no se cumple el
destino por el que fue otorgado el mismo, así como si no se cumplen con las condiciones
que la Dirección de Bromatología establezca para el funcionamiento de la explotación y el
área de Obras Públicas en cuanto corresponda. OUINTA. Responsabilidad. "La tenedora"
afrontará exclusivamente y en forma total las erogaciones que tengan origen en servicios
que se contraten para su funcionamiento como, por ejemplo, energía eléctrica, gas. agua
y/o cualquier otro servicio análogo. Son obligaciones de la parte "tenedora": a) Solicitar
aprobación previa y escrita del Municipio para cualquier construcción que necesite realizar sobre el terreno cedido; b) Mantener el terreno y lo que en él apoye, construya, clave o
plante en óptimas condiciones de uso y conservación durante el plazo de vigencia del
presente convenio; c) Responsabilizarse y hacerse cargo de todos los daños materiales que
sean consecuencia de actividades que se realicen; d) responsabilizarse civil y laboralmente
de las personas que trabajen bajo las ordenes del "la tenedora"; SEXTA. Responsabilidad
por limpieza, mantenimiento, reparticiones, daños y/u obras de refacciones. La
tenedora" será responsable de los desembolsos que deban efectuarse como consecuencia de toda clase de tareas de limpieza, mantenimiento. reparaciones, daños que se produzcan y/u
obras de refacciones, ampliaciones, modificaciones, etcétera, las cuales serán autorizadas si
mantienen el destino de este préstamo, sin derecho a reintegro alguno.SÉPTIMA.
Domicilios especiales. Jurisdicción. Para todo efecto derivado del presente convenio, el
Municipio constituye domicilio especial en calle Jujuy Nº 1335 y "la tenedora" en calle
Corrientes Nº 1728, ambos domicilios de la localidad de Monte Maíz, Provincia de
Córdoba, y someten todo conflicto que resulte como,consecuencia de este convenio a la
jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Bell Ville, de esta misma
provincia. NOVENA. Cierre. Previa lectura total y ratificación, y como prueba de
conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la
localidad de Monte Maíz, Departamento Unión, Provincia de Córdoba, República Argentina a los tres….días del mes de octubre del año 2017.///


COPIA ORIGINAL














2 comentarios

2 comentarios

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  • Anónimo
    Anónimo
    27 de octubre de 2017, 12:29 p.m.
    ton es trabajador pero esta ubicado en un lugar que afea la entrada, ese lugar deberia ser libre como antes con algun adorno de bienvenida por ser la entrada a la localidad pero parece que aca se piensa con los pies
    Reply
  • Anónimo
    Anónimo
    27 de octubre de 2017, 9:08 a.m.
    porque la municipalidad no se dedica hacer cosas mas importantes en vez de beneficio para uno, beneficio para todos, esto es mas delo mismo
    Reply