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La Provincia oficializó el Código de Convivencia Ciudadana





Este lunes fue publicada la ley provincial 10.326 y su decreto reglamentario 1823 en el Boletín Oficial.


Este lunes la Provincia publicó en el Boletín Oficial de la Provincia la ley 10.326 que sanciona el Código de Convivencia Ciudadana, que será el reemplazo del cuestionado Código de Faltas.

La norma fue aprobada a principios de diciembre del año pasado por la Unicameral, y será puesto en vigencia por la actual gestión desde el próximo mes de abril.

El tratamiento del nuevo Código, postergado en su tratamiento en varias oportunidades, coincidió con el juicio a un excomisario condenado por el abuso sistemático de la utilización de la normativa vigente con el objeto de engrosar estadísticas en el marco de un plan de seguridad.







La nueva legislación atenúa la figura del merodeo y le quita a la policía la potestad de juzgar que le otorgaba el Código de Faltas, entre los aspectos más trascendentes.

Otro punto es que el nuevo Código establece en 18 años la edad de imputabilidad. Eso significa que quienes todavía no cuenten con esa edad no podrán ser perseguidos. 

También se establece qué cada infractor tendrá derecho a designar un abogado como defensor, al igual que no serán pasibles de infracción la mendicidad, el beber en la vía pública o el quemar gomas.Fuente:lamañanadecordoba

Código de Convivencia Ciudadana - Boletín Oficial


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